Tormenta y rayo: ¿hay compensación si cancelan su vuelo?
Resumen
La tormenta y la caída de un rayo, también cuando el rayo deja fuera de servicio equipos de la torre de control, se consideran por regla general circunstancias extraordinarias, y entonces la compensación habitual de 250 €, 400 € o 600 € normalmente no se paga. Pero el derecho a atención, es decir, comida y bebida y hotel si tiene que pernoctar, se mantiene, y en un vuelo cancelado sigue pudiendo elegir entre transporte alternativo y reembolso del billete (artículos 5, 6, 8 y 9 del Reglamento 261/2004). Cada caso se examina por separado, y es la aerolínea quien debe probar que la excepción se aplica.
Por Airlate · Publicado · Actualizado
La incidencia en resumen
Datos comprobados
- Cuándo
- Cuando el tiempo afecta a su vuelo
- Dónde / quién
- Su aeropuerto de salida, itinerario y destino
- Causa
- Tormenta, caída de un rayo o incidencia derivada
- Estado en la comprobación
- Guía de derechos, sin aviso de tráfico actual
Confirmado: El mal tiempo puede justificar vuelos cancelados o retrasados. La obligación de atender a los pasajeros puede mantenerse de todos modos.
Aún sin confirmar: Si el tiempo causó realmente su incidencia concreta y qué medidas podía tomar la aerolínea.
Responda a unas preguntas sobre su vuelo y recibirá una valoración preliminar gratuita. Si se invoca el tiempo como motivo de una denegación, lo examinamos cuando haya enviado la reclamación.

Qué puede hacer ahora
Siga las indicaciones de la aerolínea sobre la salida
Compruebe su reserva y sus conexiones. Una previsión meteorológica por sí sola no significa que el vuelo esté cancelado.
Pida una explicación concreta
Pregunte si la causa es una tormenta, la caída de un rayo o una incidencia en un vuelo anterior. Conserve la respuesta por escrito.
Pida un itinerario y atención durante la espera
En caso de cancelación: pida alternativas si aún quiere viajar. Pregunte por las comidas y el alojamiento necesario cuando se cumplan las condiciones de atención.
Anote la llegada final y los gastos
Anote cuándo llega a su destino final. Conserve la reserva, las reubicaciones ofrecidas y los justificantes de gastos necesarios y razonables.
Responda a unas preguntas sobre su vuelo y recibirá una valoración preliminar gratuita. Si se invoca el tiempo como motivo de una denegación, lo examinamos cuando haya enviado la reclamación.
Sus derechos como pasajero
Esto se refiere a los vuelos cubiertos por el EU261. El aeropuerto de salida, la aerolínea operadora y la incidencia real determinan lo que puede reclamar.
Transporte alternativo o reembolso
En una cancelación cubierta, puede elegir entre el transporte alternativo y el reembolso del billete. La causa meteorológica no anula esa opción.
Atención durante la espera
En una espera relevante, pueden reclamarse comidas y el hotel necesario con el transporte. Estos derechos se examinan por separado de la posible compensación.
Posible compensación
La tormenta suele ser extraordinaria. La caída de un rayo y las incidencias derivadas requieren valorar la causa real y las medidas razonables de la aerolínea.
Por qué la tormenta suele considerarse extraordinaria
La aerolínea no tiene que pagar la compensación si puede probar que la incidencia se debe a circunstancias extraordinarias que no habrían podido evitarse incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables (artículo 5.3). El considerando 14 del Reglamento menciona como ejemplo las condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, y según el considerando 15 lo mismo debe valer cuando una decisión de gestión del tránsito aéreo relativa a una aeronave determinada en un día determinado da lugar a un gran retraso o a la cancelación del vuelo.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha examinado la caída de un rayo sobre el propio avión. En el asunto C-399/24, el avión que debía efectuar el vuelo Iași-Viena fue alcanzado por un rayo poco antes de aterrizar en Iași durante una tormenta. Siguieron inspecciones de seguridad obligatorias, y el vuelo llegó a Viena con más de siete horas de retraso. El 16 de octubre de 2025, el Tribunal declaró que una caída de rayo así, que da lugar a inspecciones obligatorias y a que el avión se ponga en servicio con retraso, es una circunstancia extraordinaria.
Barcelona-El Prat, octubre de 2026
El miércoles 7 de octubre de 2026, el medio Metrópoli Abierta informó de que una tormenta en las horas anteriores había obligado al aeropuerto de El Prat, en Barcelona, a interrumpir su actividad durante al menos una hora. Según Aena, a la que cita el diario, la interrupción se debió a problemas de tensión en determinados equipos de la torre de control: los rayos acabaron afectando a parte de los sistemas utilizados para gestionar el tráfico aéreo.
Aena indicó también que casi todas las incidencias estuvieron relacionadas con el temporal, que dificultó los despegues y aterrizajes, provocó retrasos y desvíos y llevó a la cancelación de unos 30 vuelos. Ocurrió tras un martes ya complicado, con al menos 47 vuelos cancelados y más de 500 retrasados hasta la noche, según datos difundidos a lo largo del día.
Tanto el temporal como la interrupción en la gestión del tráfico aéreo son hechos del tipo que describen los considerandos 14 y 15. Pero, según las directrices interpretativas de la Comisión, el tiempo se valora caso por caso, de modo que no decide por sí solo un vuelo concreto; y el derecho a atención, a transporte alternativo y a reembolso se mantenía con independencia de la causa.
Extraordinario no significa que se quede sin ayuda
La excepción del artículo 5.3 solo se refiere a la compensación del artículo 7. Si se cancela el vuelo, la aerolínea debe dejarle elegir entre el reembolso del billete y el transporte alternativo hasta su destino final, lo antes posible o en una fecha posterior que le convenga. Mientras espera, debe recibir comidas y refrescos suficientes en función del tiempo de espera y poder hacer dos llamadas telefónicas o enviar dos mensajes de correo electrónico. Si el transporte alternativo supone una salida como pronto al día siguiente, la aerolínea debe facilitarle hotel y el transporte hasta él. La Comisión subraya que la obligación de atención rige también cuando la causa es extraordinaria.
Si el vuelo se retrasa en lugar de cancelarse, rige el artículo 6: atención tras dos, tres o cuatro horas según la distancia del vuelo, hotel si la nueva salida es como pronto al día siguiente y derecho a reembolso cuando el retraso es de al menos cinco horas. Si la aerolínea no organiza nada, conserve los justificantes de lo que pague usted.
Cuándo la valoración puede ser distinta
El tiempo debe haber causado precisamente su incidencia. La aerolínea debe probar tanto la circunstancia como su relación con el retraso o la cancelación de su vuelo. Si se cancela un vuelo posterior por motivos distintos de la tormenta, se examina por ese motivo.
Los retrasos derivados pueden invocarse, pero con condiciones. Una aerolínea puede remitirse a una circunstancia extraordinaria que afectó a un vuelo anterior efectuado por ella con el mismo avión solo si existe una relación causal directa con el gran retraso o la cancelación de su vuelo (C-74/19, sentencia de 11 de junio de 2020).
La aerolínea debe además haber tomado todas las medidas razonables. En un asunto sobre el cierre del espacio aéreo de la región de Malmö en 2006, tras un corte de suministro eléctrico que dejó fuera de servicio el radar y los sistemas de navegación, el Tribunal de Justicia declaró en 2011 que una aerolínea debe ya al planificar tener razonablemente en cuenta esos riesgos y prever un cierto margen de tiempo, sin sacrificios insoportables (C-294/10, Eglītis). Reubicarle simplemente en el vuelo propio de la aerolínea al día siguiente tampoco es una medida razonable si otro vuelo directo o indirecto, de la misma o de otra aerolínea, habría llegado con menor retraso, salvo que ello hubiera supuesto sacrificios insoportables (C-74/19).
Si el tiempo no se sostiene como explicación
Si la aerolínea no puede probar que la incidencia se debió a una circunstancia extraordinaria que no podía evitarse, y se cumplen los demás requisitos del Reglamento, el importe se determina por la distancia del vuelo.
| Distancia de vuelo | Importe de la compensación |
|---|---|
| Vuelos de hasta 1500 km | 250 € |
| 1500–3500 km (y vuelos más largos dentro de la UE) | 400 € |
| Vuelos de más de 3500 km | 600 € |
Los importes se indican por pasajero.
Preguntas frecuentes sobre la tormenta y la compensación de un vuelo
No como prueba. Es la aerolínea quien debe probar que la excepción se aplica a su vuelo concreto. Según las directrices interpretativas de la Comisión, puede hacerlo, por ejemplo, con extractos de cuadernos de bitácora, informes de incidencias o documentos externos. Puede ser útil pedir una motivación por escrito que indique qué ocurrió, cuándo y cómo afectó a su vuelo.
El derecho a atención se mantiene aunque la causa sea extraordinaria: comidas y refrescos suficientes en función del tiempo de espera, y hotel con transporte si la salida prevista es como pronto al día siguiente (artículos 6 y 9 del Reglamento 261/2004). La Comisión lo subraya en sus directrices interpretativas (apartado 4.3.3).
Sí, en un vuelo cancelado que esté cubierto puede elegir entre el reembolso del billete y el transporte alternativo, lo antes posible o en una fecha posterior que le convenga (artículo 8.1). La causa meteorológica no anula esa opción.
¿No está seguro de que el tiempo sirva como motivo?
Responda a unas preguntas y recibirá una valoración preliminar gratuita. Si envía una reclamación y acepta las condiciones, Airlate tramita la reclamación de forma manual.
Fuentes
- Reglamento (CE) n.º 261/2004, artículos 5, 6, 7.1, 8.1 y 9 y considerandos 14 y 15 · EUR-Lex · Reglamento · consultada el 2026-10-07
- Comunicación de la Comisión: Directrices interpretativas del Reglamento (CE) n.º 261/2004 y del Reglamento (CE) n.º 2027/97 (C/2024/5687) · EUR-Lex / Comisión Europea · Autoridad · consultada el 2026-10-07
- Sentencia en el asunto C-399/24, Airhelp Germany GmbH contra Austrian Airlines AG (Sala Tercera, 16 de octubre de 2025) · EUR-Lex / Tribunal de Justicia de la Unión Europea · Jurisprudencia · consultada el 2026-10-07
- Sentencia en el asunto C-74/19, LE contra Transportes Aéreos Portugueses SA (Sala Cuarta, 11 de junio de 2020) · EUR-Lex / Tribunal de Justicia de la Unión Europea · Jurisprudencia · consultada el 2026-10-07
- Sentencia en el asunto C-294/10, Andrejs Eglītis y Edvards Ratnieks contra Latvijas Republikas Ekonomikas ministrija (Sala Tercera, 12 de mayo de 2011) · EUR-Lex / Tribunal de Justicia de la Unión Europea · Jurisprudencia · consultada el 2026-10-07
- Más de 30 vuelos cancelados en El Prat por una avería en la torre de control provocada por un rayo (7 de octubre de 2026) · Metrópoli Abierta (El Español) · Medio de comunicación · consultada el 2026-10-07
