Ir al contenido principal
Airlate
Guía · EU261

Vuelo retrasado: ¿puede tener derecho a una compensación?

Es posible. Si llegó a su destino final con tres horas o más de retraso, el Reglamento (CE) n.º 261/2004 puede reconocerle una compensación de hasta 600 € por pasajero, siempre que se cumplan los requisitos. Lo determinante es la hora de llegada, no la de salida.

Se mide la llegada, no la salida

Es el punto que más confusión genera. No importa cuánto se retrasó el despegue, sino con cuánto retraso abrió la puerta del avión en su destino final. Un vuelo que sale con dos horas de retraso y recupera tiempo en ruta puede quedarse por debajo del umbral; otro que sale con hora y media puede superarlo si pierde tiempo en el aire.

El umbral de tres horas no está escrito como tal en el Reglamento: procede de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que equiparó el gran retraso a la cancelación a efectos de compensación.

El umbral son tres horas al llegar al destino final

Menos de 3 horas

Por lo general no hay compensación; ahora bien, mientras espera puede corresponderle atención: comida, bebida y, si hace falta, alojamiento.

3 horas o más

Puede caber una compensación si se cumplen los requisitos, salvo que la causa fueran circunstancias extraordinarias. Lo que cuenta es la llegada al destino final.

Cuánto puede llegar a corresponderle

Los importes son fijos y dependen de la distancia del vuelo, no del precio que usted pagó por el billete.

250 €

400 €

600 €

Vuelos de hasta 1500 km

1500–3500 km (y vuelos más largos dentro de la UE)

Vuelos de más de 3500 km

Por pasajero · Estos son los importes fijos de compensación que establece el reglamento. El importe que le corresponda en su caso depende de las circunstancias concretas de la incidencia de su vuelo (por ejemplo, una reducción a la mitad conforme al artículo 7, apartado 2). Envíe su caso y valoraremos si le corresponde.

Los importes exactos y los tramos de distancia están en importe de la compensación.

Cuándo suele haber compensación y cuándo no

Puede dar lugar a compensación
  • Una avería técnica que la compañía debería haber previsto con un mantenimiento normal.
  • Falta de tripulación o problemas de planificación de la propia aerolínea.
  • Retrasos acumulados ese mismo día por la rotación del avión.
  • Una huelga del personal de la propia compañía.
Normalmente no da lugar a compensación
  • Meteorología severa que impide volar con seguridad.
  • Cierres del espacio aéreo o restricciones del control aéreo.
  • Riesgos de seguridad y decisiones de las autoridades.
  • Huelgas ajenas a la compañía, por ejemplo de los servicios aeroportuarios.

La frontera no siempre es nítida, y las aerolíneas invocan las circunstancias extraordinarias con más frecuencia de la que suele estar justificada. Si tiene dudas, deje que lo comprobemos: no le cuesta nada.

Preguntas frecuentes

  • Comprobación gratuita
  • Usted ve su valoración antes de enviar el caso
  • Solo si lo conseguimos: los honorarios únicamente se aplican si la compensación llega a abonarse
  • Sus datos se tratan de forma segura

¿Llegó tarde a su destino?

Cuéntenos qué vuelo era y qué ocurrió: recibirá de nosotros una valoración preliminar conforme a las normas aplicables.

Compruebe si podría corresponderle una compensación

Averigüe si puede tener derecho a una compensación

Nos ocupamos del papeleo, de la correspondencia larga y de las negociaciones. Nuestros honorarios solo se aplican si lo conseguimos y se descuentan de la compensación que se le abone.