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Guía · EU261

Vuelo cancelado: ¿puede tener derecho a una compensación?

Es posible. Si le cancelaron el vuelo con poca antelación, el Reglamento (CE) n.º 261/2004 puede reconocerle una compensación de hasta 600 € por pasajero, siempre que se cumplan los requisitos. Pesan sobre todo dos cosas: cuándo le avisaron y qué transporte alternativo le ofrecieron.

Cuándo le avisaron

El Reglamento fija tres franjas. Cuanto más tarde llegó el aviso, más difícil le resulta a la compañía librarse de la compensación.

  • 14 días o más antes de la salida

    Por lo general no hay compensación. La compañía avisó con antelación suficiente.

  • Entre 13 y 7 días antes

    Puede haber compensación, salvo que el transporte alternativo saliera como mucho dos horas antes y le dejara en destino con menos de cuatro horas de retraso.

  • Menos de 7 días antes

    Puede haber compensación, salvo que el transporte alternativo saliera como mucho una hora antes y le dejara en destino con menos de dos horas de retraso.

Reembolso y compensación no son lo mismo

Es el malentendido más caro para el pasajero. El reembolso le devuelve el importe del billete que no llegó a utilizar. La compensación es un importe fijo por las molestias, y no depende de lo que usted pagara.

Que le hayan devuelto el dinero del billete no significa, por tanto, que su reclamación esté cerrada.

Cuidado con los vales

Usted no está obligado a aceptar un vale en lugar de dinero. Un vale solo sustituye al reembolso si usted lo acepta expresamente y por escrito.

Cuánto puede llegar a corresponderle

Los importes son fijos y dependen de la distancia del vuelo, no del precio del billete.

250 €

400 €

600 €

Vuelos de hasta 1500 km

1500–3500 km (y vuelos más largos dentro de la UE)

Vuelos de más de 3500 km

Por pasajero · Estos son los importes fijos de compensación que establece el reglamento. El importe que le corresponda en su caso depende de las circunstancias concretas de la incidencia de su vuelo (por ejemplo, una reducción a la mitad conforme al artículo 7, apartado 2). Envíe su caso y valoraremos si le corresponde.

Los importes exactos y los tramos de distancia están en importe de la compensación.

Cuándo suele haber compensación y cuándo no

Puede dar lugar a compensación
  • Le avisaron con menos de catorce días y el transporte alternativo le dejó en destino bastante más tarde.
  • Cancelaron el vuelo por falta de tripulación o por planificación de la propia compañía.
  • Una avería técnica que un mantenimiento normal debería haber previsto.
Normalmente no da lugar a compensación
  • Le avisaron con catorce días o más de antelación.
  • Meteorología severa que impedía volar con seguridad.
  • Cierres del espacio aéreo o decisiones de las autoridades.

Esto refuerza su reclamación

  • El correo o el SMS en el que la compañía le comunicó la cancelación, con su fecha.
  • La confirmación de reserva del vuelo original.
  • Los datos del transporte alternativo: a qué hora salía y a qué hora llegó usted a su destino final.

Preguntas frecuentes

  • Comprobación gratuita
  • Usted ve su valoración antes de enviar el caso
  • Solo si lo conseguimos: los honorarios únicamente se aplican si la compensación llega a abonarse
  • Sus datos se tratan de forma segura

¿Le cancelaron el vuelo?

Cuéntenos cuándo le avisaron y qué le ofrecieron: recibirá de nosotros una valoración preliminar conforme a las normas aplicables.

Compruebe si podría corresponderle una compensación

Averigüe si puede tener derecho a una compensación

Nos ocupamos del papeleo, de la correspondencia larga y de las negociaciones. Nuestros honorarios solo se aplican si lo conseguimos y se descuentan de la compensación que se le abone.